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Según se recoge en el Artículo 35 de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España y de su Consejo General, la Colegiación es obligatoria. Es un requisito indispensable para el ejercicio de la profesión del Ingeniero Técnico Agrícola el estar incorporado al Colegio correspondiente y es única, es decir, que bastará estar incorporado a un solo Colegio para ejercer en todo el territorio nacional.
Por lo tanto, la colegiación es obligatoria para todos los titulados en Ingeniería Técnica Agrícola, en cualquiera de sus especialidades, y para el ejercicio de la profesión, en cualquier ámbito en que desempeñen su actividad, ya sea la profesión libre, la empresa privada o las administraciones públicas. REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN PARA LA COLEGIACION REQUISITOS: Estar en posesión del título universitario de Ingeniero Técnico Agrícola o Grado en Ingeniería Agrícola. Es necesario presentarse en la sede colegial con los siguientes documentos:
En caso de tratarse de un traslado desde otro colegio es necesario estar al corriente de las cuotas y obligaciones con el antiguo colegio. Durante el primer año posterior a la fecha de finalización de carrera no se abonará cuota de ingreso ni cuota colegial. Las cuotas son trimestrales: 41,15 € Cuota/Trimestre La baja como colegiado se debe solicitar por escrito y entregar el carnet colegial.
COLEGIO DE INGENIEROS TÉCNICOS AGRÍCOLAS DE GRANADA
C/Pedro Antonio de Alarcón 9 1º D Granada Telf: 958259406 - 638163638 colegio.granada@agricolas.org